Resumen del Artículo Disposición transitoria trigésimo primera

Artículo Disposición transitoria trigésimo primera del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje. (codigo) — Disposición transitoria trigésimo primera. Los procedimientos urbanísticos o territoriales que, pudiéndose acoger al procedimiento previsto en el artículo 15.6 de este texto refundido, hubieran iniciado ya su tramitación, podrán solicitar el cambio de procedimiento y conservar…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición transitoria trigésimo primeraDisposición transitoria trigésimo primera

Disposición transitoria trigésimo primera.

Los procedimientos urbanísticos o territoriales que, pudiéndose acoger al procedimiento previsto en el artículo 15.6 de este texto refundido, hubieran iniciado ya su tramitación, podrán solicitar el cambio de procedimiento y conservar los trámites que coincidan con el mismo.

Norma publicada: 18 de junio de 2021

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria trigésimo primera

¿Qué dice el Artículo Disposición transitoria trigésimo primera del codigo?

Disposición transitoria trigésimo primera. Los procedimientos urbanísticos o territoriales que, pudiéndose acoger al procedimiento previsto en el artículo 15.6 de este texto refundido, hubieran…

¿El Artículo Disposición transitoria trigésimo primera del codigo está vigente?

El artículo Disposición transitoria trigésimo primera del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición transitoria trigésimo primera dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: LIBRO III › CAPÍTULO VI.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición transitoria trigésimo primera?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.